KTEC High School sigue las directrices establecidas por la Sección 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973 y el Título II.
El artículo 504 prohíbe la discriminación por motivos de discapacidad y establece que "ninguna persona discapacitada de los Estados Unidos que reúna los requisitos necesarios... será excluida, únicamente por razón de su discapacidad, de participar en ningún programa o actividad que reciba ayuda económica federal, ni se le negarán las prestaciones de dicho programa o actividad, ni será objeto de discriminación en virtud del mismo..." [29 U.S.C. Sec. 794]. En virtud de las disposiciones de la Sección 504, se define a una persona con discapacidad como aquella que (I) tiene una deficiencia física o mental que limita sustancialmente una o más actividades vitales importantes, (ii) tiene antecedentes de dicha deficiencia, o (iii) se considera que tiene dicha deficiencia.
Las escuelas están obligadas a proporcionar una educación pública gratuita y apropiada (FAPE) a los estudiantes con discapacidades. La Escuela Secundaria KTEC está obligada a notificar a la comunidad de sus responsabilidades bajo la Sección 504 con respecto a la identificación, evaluación y provisión de adaptaciones apropiadas para estudiantes calificados con discapacidades. Después del proceso de remisión y evaluación, si se determina que un estudiante es un estudiante con una discapacidad, se desarrollará un Plan de Adaptaciones de la Sección 504 en colaboración con el equipo basado en la escuela, así como con los padres/tutores del estudiante. Las adaptaciones y protecciones están diseñadas para proporcionar al alumno oportunidades de participar y beneficiarse de los programas y actividades educativos. La prestación de servicios se desarrollan para satisfacer las necesidades educativas individuales de un estudiante con una discapacidad. La Escuela Secundaria KTEC hará adaptaciones razonables para un estudiante con una discapacidad a menos que se pueda demostrar que las adaptaciones impondrían una dificultad excesiva en el funcionamiento del programa. Un Plan de Acomodaciones de la Sección 504 se revisará y modificará al menos una vez al año, y se realizará una reevaluación cada tres años.
El coordinador de la Sección 504 notifica anualmente a los miembros del personal de la escuela sobre la política de no discriminación por motivos de discapacidad de la Escuela Secundaria KTEC y su obligación de identificar y proporcionar servicios educativos adecuados para los estudiantes con discapacidades.
Para más información sobre la Sección 504, visite el sitio web de la Oficina de Derechos Civiles.
Si sospecha que un estudiante puede necesitar servicios o protecciones en virtud de la Sección 504, póngase en contacto con las personas indicadas a continuación. Se puede realizar una evaluación del alumno para determinar su elegibilidad para la Sección 504.
Hailey DeLuca
Coordinadora de Educación Especial y Servicios Estudiantiles